Ley de Municipalidades faculta a la Corporación de Omoa a modificar el uso del suelo
La Corporación Municipal recibió una oposición ciudadana, la cual se resolverá por la vía legal, explicó el apoderado de la alcaldía.
OMOA, CORTÉS. Amparada en la competencia exclusiva que le otorga la Ley de Municipalidades en su artículo 13 (numerales 1 y 2) para el ordenamiento territorial y el control de la zonificación, la Corporación Municipal de Omoa suspendió este miércoles 26 de agosto la ratificación del acta que aprueba el cambio de uso de suelo en el municipio. La decisión se tomó tras la presentación de una oposición formal por escrito formulada por organizaciones y fuerzas vivas locales.
Aunque en la sesión anterior el pleno aprobó la modificación territorial requerida para un muelle de carga proyectado en la bahía de Omoa por un consorcio privado, el trámite legal quedó congelado a la espera de un análisis jurídico y la resolución de la petición ciudadana.
Durante la sesión de Corporación, una líder comunitaria dio lectura a la oposición ciudadana. Posteriormente, los regidores Luis Cáceres, Carlos Riera y Nubia López intervinieron en el debate; esta última aclaró que la comuna aún no ha emitido ninguna autorización para el inicio de obras físicas.
Por su parte, el alcalde Ricardo Alvarado defendió la potestad del municipio para incentivar la inversión y el empleo bajo el marco legal vigente, comparando la proyección del proyecto con los ingresos que percibe Puerto Cortés por la actividad portuaria.
La postura de la alcaldía fue refutada por diversos asistentes, quienes recordaron que el proyecto cuenta con un decreto dictado por el Congreso Nacional en 2021 que lo exonera del pago de impuestos por 15 años. Se cuestionó que la obra quede exenta de tasas, sobretasas y permisos de construcción, lo que dejaría a la municipalidad sin ingresos fiscales directos a pesar del desarrollo económico prometido.
Procedimiento legal y dictamen sobre la zonificación
El apoderado legal de la alcaldía precisó que la corporación ejerce su facultad de gobierno local al canalizar el conflicto por la vía legal, sujetándose a la Ley de Municipalidades y a la Ley de Procedimiento Administrativo.
- Siguiente paso: El departamento legal emitirá un dictamen escrito para determinar la admisión o denegación del escrito ciudadano, para luego ratificar el punto de acta de a sesión anterior.
- Resolución final: La representación jurídica reafirmó que la municipalidad mantiene la facultad constitucional y legal sobre la zonificación del municipio. El dictamen se notificará formalmente antes de retomar la ratificación del acta.


